Como muchos de Uds. sabrán, me tocó ser inspector municipal de bromatología y, como casi todas estas cuestiones están signadas por el maomenismo ingénito de nuestras autoridades, nos achacaron la responsabilidad de “inspeccionar geriátricos”. Tal vez por ser los únicos inspectores con que contaba
Pero volvamos por un momento a la inspección bromatológica. Cuando uno va a un restaurante o rotisería, y da indicaciones de lo que se debe y lo que no se debe hacer en la cocina, es muy frecuente obtener alguna de las siguientes respuestas: “¿Por qué no van a joder a otra parte?” O bien: “Lo que pasa es que justo hoy faltó el empleado que tenía que limpiar allí” (no importa que la capa de mugre acusara meses de falta de limpieza). También puede ser: “¿Me vas a enseñar a mí, que hace treinta años que estoy en esto?”
Curiosamente, luego de una intoxicación masiva producida por un servicio de catering, concurrimos al lugar, y el propietario nos decía: “¡Hace treinta años que estoy en esto y nunca me pasó! ¡Explíquenme qué tengo que hacer!”
¿Qué creen Uds. que hubiera dicho ese mismo señor si hubiésemos ido el día anterior a la intoxicación?
Los infortunados concurrentes a Cro Magnon, ¿Cómo hubiesen tratado a un supuesto inspector municipal que hubiera intentado clausurar el boliche, por falta de seguridad, unos minutos antes de la catástrofe?
Ahora vayamos al tema geriátricos. Aquí la cosa es aún más complicada y perversa. Porque de todos modos, uno puede clausurar fácilmente un restaurante o un boliche (si lleva la convicción suficiente y en lo posible uno o dos policías). Pero un geriátrico es otra cosa. No se puede colocar una faja de clausura y ¡dejar a los ancianos adentro! Además, uno actúa en el momento, y deja las actas de la actuación, que después son analizadas con toda calma por los abogados del dueño que, ante una coma mal puesta, impugnan todo el accionar. Después es el inspector el que tiene que ir a dar las explicaciones.
Lo que optábamos por hacer en los casos graves, era una clausura formal. Es decir, se notifica al titular que está formalmente inhabilitado para el funcionamiento, dejando constancia de las causas. Se otorga plazo perentorio para notificar a los familiares que deben retirar a los ancianos, y se trasladan las acciones al Juez de Faltas y a las autoridades provinciales competentes en la materia.
¿Qué creen que ocurre al día siguiente? Pues bien, créanlo o no, se presentan, indignados, los familiares a reclamarnos por nuestra falta de sensibilidad al pretender desalojar a los pobres viejitos que son tan bien tratados allí. Se oye decir “¿Dónde irán a para nuestros queridos abuelos? ¡Qué injusticia tan grande se comete!” al tiempo que sordos ruidos oír se dejan de vestiduras rasgadas. No parece importarles que, en la despensa, haya más cucarachas que alimentos. Tampoco es relevante que no haya matafuegos, o que, habiéndolos, estén descargados o simplemente inaccesibles.
Al mismo tiempo, concurren a la oficina los letrados del propietario a solicitar “plazos razonables” (para hacer lo que debían haber hecho antes), “elasticidad en la interpretación de las normas” (es decir, sigamos con el maomenismo), cuando no veladas amenazas de influencias (“sabe que el Intendente es mi amigo”) o lisa y llana oferta de coima.
Cuando no pasa nada de esto, pero se incendia el geriátrico. ¿Quién creen que saldrá a pedir la cabeza del funcionario?